Teniendo en cuenta que en 2019 la cotización para empleados del hogar se equiparará a la de los trabajadores del Régimen General, la Orden de Cotización recoge un tipo de cotización por contingencias comunes para 2018 del 27,40% (22,85% a cargo del empleador, 4,55% a cargo del empleado), conforme al incremento progresivo establecido en la disp. Transitoria 16ª de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Además, la Orden recoge la reducción para los empleadores del 20% en la cotización, que será de hasta el 45% para familias numerosas.
A partir de 1 de enero de 2018, las bases de cotización por contingencias comunes a este sistema especial serán las determinadas en la escala siguiente, en función de la retribución percibida por los empleados de hogar por cada relación laboral:
Tramo | Retribución mensual incrementada con la proporción de pagas extraordinarias (€/mes) | Base de cotización (€/mes) |
1º | Hasta 196,15 | 167,74 |
2º | Dede 196,16 hasta 306,40 | 277,51 |
3º | Desde 306,41 hasta 416,80 | 387,29 |
4º | Desde 416,81 hasta 527,10 | 497,08 |
5º | Desde 527,11 hasta 637,40 | 606,86 |
6º | Desde 637,41 hasta 746,90 | 716,65 |
7º | Desde 746,91 hasta 858,60 | 858,60 |
8º | Desde 858,61 | 896,94 |
Tipos de cotización